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Julio 16, 2026 · 3 min de lectura

Golden Visa de Panamá: residencia permanente por inversión desde US$300,000

Golden Visa de Panamá: residencia permanente por inversión desde US$300,000

Panamá tiene uno de los programas de residencia por inversión más directos del continente. La llamada golden visa —formalmente, el permiso de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado— concede la residencia permanente en una sola resolución, sin etapa provisional previa, a quien realice una inversión calificada en el país con fondos provenientes del exterior.

El decreto que rige el programa fija un plazo de 30 días hábiles para que el Servicio Nacional de Migración resuelva la solicitud, y el trámite se presenta por medio de apoderado legal: no se exige que usted permanezca en Panamá durante el proceso.

Las tres vías de inversión

Los montos son alternativos: se cumple con uno de ellos.

  • Bienes raíces — desde US$300,000. Compra de inmueble libre de gravámenes, o promesa de compraventa sobre un proyecto en desarrollo mediante fideicomiso de inversión o pago al promotor con garantía bancaria.
  • Valores — desde US$500,000. Inversión realizada a través de una casa de valores con licencia, en la Bolsa de Valores de Panamá, con compromiso mínimo de cinco años.
  • Depósito a plazo fijo — desde US$750,000. En un banco con licencia general en Panamá, a un término no menor de cinco años y libre de gravámenes.

El umbral de US$500,000 corresponde a la modalidad de valores, no a la inmobiliaria.

Por qué Panamá

  • Economía dolarizada. El balboa está a la par con el dólar estadounidense y el dólar circula como moneda de curso legal: su inversión no queda expuesta a riesgo cambiario local.
  • Sistema fiscal territorial. Panamá grava, en principio, las rentas de fuente panameña. Su situación tributaria concreta dependerá también de las reglas de su país de residencia fiscal, por lo que conviene analizarla caso por caso.
  • Conectividad. El Aeropuerto Internacional de Tocumen concentra conexiones directas con Norteamérica, Suramérica y Europa.
  • Residencia permanente de entrada. Con la resolución se tramita la cédula de extranjero y es posible incluir dependientes —cónyuge e hijos— según los requisitos aplicables a cada caso.

Cómo es el proceso

  • Estructuración y debida diligencia. Elección de la modalidad, revisión legal del inmueble o del vehículo de inversión y preparación de la documentación sobre el origen de los fondos.
  • Perfeccionamiento de la inversión. Transferencia de fondos desde el exterior y formalización de la compra, el fideicomiso, la orden de inversión o el depósito, según la vía elegida.
  • Presentación y resolución. Radicación del expediente ante el Servicio Nacional de Migración por medio de apoderado legal, con plazo legal de resolución de 30 días hábiles.

Lo que conviene tener claro

  • La inversión se mantiene cinco años. Es condición para conservar la residencia en esta subcategoría; una venta anticipada puede afectar el estatus migratorio.
  • Tasas oficiales. B/.5,000 al Tesoro Nacional y B/.5,000 al Servicio Nacional de Migración por el solicitante principal, más B/.1,000 y B/.1,000 por cada dependiente. Son adicionales a los honorarios profesionales y a los costos propios de la inversión.
  • No hay que vivir en Panamá, pero sí no desaparecer. La residencia permanente puede cancelarse por ausencias del territorio nacional superiores a dos años, salvo autorización de la autoridad migratoria.
  • Horizonte a largo plazo. La residencia permanente abre la vía a solicitar la naturalización una vez cumplidos los períodos de residencia continua que exige el artículo 10 de la Constitución, con requisitos propios y evaluación discrecional del Estado.

Cómo lo acompañamos en MYD

En Motta, Yaafar & Díaz reunimos en un solo equipo las tres áreas que confluyen en este proceso: derecho migratorio, bienes raíces y derecho empresarial. Evaluamos qué modalidad le conviene, revisamos la inversión antes de que usted transfiera un dólar y gestionamos el expediente completo ante las autoridades panameñas.

¿Está evaluando obtener su residencia permanente en Panamá por inversión? Contáctenos y agende una consulta para revisar su caso, la modalidad idónea y la estructura de la inversión.

Aviso legal

Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal ni tributaria. El programa está regulado por el Decreto Ejecutivo 722 de 15 de octubre de 2020 y sus modificaciones, entre ellas el Decreto Ejecutivo 193 de 15 de octubre de 2024. Los montos, plazos, tasas y requisitos pueden variar por decreto ejecutivo o por criterio administrativo: verifique la normativa vigente y consulte con un abogado antes de tomar decisiones o transferir fondos. Actualizado al 19 de agosto de 2026.

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